Consulta pública de la normativa de eólica marina

Partiendo de los POEM y la planificación y legislación eléctrica, la normativa debe coordinar el procedimiento de autorización, el otorgamiento de derechos de uso del espacio marino, el acceso y la conexión a la red eléctrica, y el impulso a la inversión mediante procedimientos de concurrencia competitiva

La Hoja de ruta para el desarrollo de la eólica marina y de las energías del mar en España, aprobada el pasado diciembre, fija el objetivo de alcanzar una potencia eólica marina de 1 a 3 GW en 2030

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha lanzado una consulta pública previa al diseño del marco normativo para el desarrollo de las instalaciones eólicas marinas y de las energías del mar, disponible aquí. Así se asegura la participación efectiva desde el inicio del proceso de los agentes públicos y privados, del sector eólico y de las energías del mar, así como el resto de sectores usuarios del mar, incluyendo la pesca, la acuicultura y la navegación.

El Real Decreto-ley 12/2021 paralizó la tramitación de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial hasta la aprobación de un nuevo marco normativo, ya que el anterior marco, implantado por el Real Decreto 1028/2007, ha quedado desfasado con relación a la situación actual de la tecnología y la propia evolución de la regulación energética. En la actualidad sólo pueden tramitarse instalaciones para prueba, demostración o validación de prototipos y nuevas tecnologías asociadas a la eólica marina.

PREVISTO EN LA HOJA DE RUTA DE LA EÓLICA MARINA

La “Hoja de ruta para el desarrollo de la eólica marina y de las energías del mar en España”, aprobada el pasado diciembre, fija el objetivo de alcanzar una potencia eólica marina de 1 a 3 GW en 2030 e identifica las líneas de actuación para conseguirlo. Entre ellas figura la adecuación del marco normativo y el impulso a la inversión.

Por otro lado, el Gobierno está culminando la tramitación de los “Planes de Ordenación del Espacio Marino” (POEM), un instrumento de zonificación en el que, una vez analizadas las posibles interacciones con otros usos del mar, quedarán reflejadas las áreas más adecuadas para el desarrollo de la eólica marina, por viabilidad técnica y ambiental.

En consecuencia, el nuevo marco normativo para la eólica marina y las energías del mar debe partir de la definición espacial recogida en los POEM y la planificación y la normativa eléctrica. Su objetivo es coordinar el procedimiento de autorización de las instalaciones con el otorgamiento de derechos sobre el uso del espacio marino, el acceso y la conexión a la red eléctrica, y el impulso a la inversión mediante procedimientos de concurrencia competitiva.

Para facilitar la elaboración de este marco, en la consulta pública el MITECO plantea cuestiones como qué información se considera necesaria para desarrollar un proyecto, qué criterios de diseño deben exigirse, qué parámetros deben usarse para valorar las ofertas, o quién debe ser el titular de las instalaciones de evacuación.

Las respuestas pueden enviarse antes del 22 de junio a la dirección electrónica [email protected], indicando en el asunto: “CPP marco normativo eólica marina y energías del mar”.