La instalación de una central fotovoltaica es una actividad generadora de dinero para las entidades locales a través de la fiscalidad. UNEF calcula unos 76.000 euros por megavatio durante toda la vida útil de la planta, unos 25 años.
La instalación de una central fotovoltaica es una actividad generadora de ingresos para las entidades locales por las distintas figuras fiscales. En conjunto, un ayuntamiento percibe un ingreso puntual del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y un ‘extra’ anual a través del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales (IBICES).
Estimación de ingresos derivados de una planta fotovoltaica de 1 MW
Concepto |
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Importe por cada MW de FV instalado |
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Periodicidad | ||
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IMPUESTOS | ||
ICIO | 17.500 € | Puntual |
IAE | 1.313 €/año | Anual |
IBICES | 2.543 €/año (primer año) 2.297 €/año (del año 10 en adelante) | Anual |
ALQUILER | ||
Alquiler de terrenos | 1.313 €/año | Anual |
TOTAL en toda la vida útil de la planta (25 años) | ||
Impuestos | 67.500 € | |
Alquiler | 83.767 € | |
TOTAL | 151.267 € |
La Unión Española Fotovoltaica (UNEF), que representa a más de 800 empresas -aproximadamente el 90% de la actividad del sector en España-, calcula que un municipio puede recibir hasta unos 76.000 euros por megavatio (MW) fotovoltaico instalado durante toda la vida útil de la planta, que se sitúa en alrededor de 25 años. La asociación pone como ejemplo una instalación de 1 MW a fin de que pueda emplearse como un valor unitario para calcular el impacto de plantas más grandes -lo normal es que ronden los 50 MW-.
En este sentido, una planta fotovoltaica de 1 MW tiene un valor de inversión aproximado de 0,5 euros/MW, es decir, 500.000 euros. Aplicando un tipo medio de 3,5%, se tendría por ICIO un ingreso puntual de 17.500 euros en el año de construcción. Además, la instalación pagaría 1.313 euros por ejercicio en concepto de IAE, mientras que por el IBICES abonaría 2.543 euros el primer año ejercicio, reduciéndose cada año hasta el décimo, en el que alcanzaría 2.297 euros, manteniéndose hasta el final de su ciclo. Para este último hay que tener en cuenta el valor catastral.
Por otro lado, hay que tener en cuenta el terreno en el que se ubica la instalación fotovoltaica, que generalmente se utiliza en régimen de alquiler con un particular. El valor de este alquiler se puede estimar desde 1.000 euros anuales hasta 2.000, según el caso, el momento en que se firmó el contrato, la zona, etc. Se puede suponer así un valor medio de 1.500 euros. Siguiendo con el ejemplo de una central eléctrica de 1 MW que ocupa dos hectáreas y con dicho valor medio, el propietario del terreno recibirá 3.000 euros de ingresos, que podrá reinvertir en la economía local.
Asimismo, UNEF destaca que una instalación solar es una fuente de generación de empleo local, especialmente en la fase de construcción. Según esto, se pueden considerar coeficientes de empleo aproximados de entre tres y cinco empleos directos por cada MW en la fase de construcción (que dura varios meses) y de 0,05-0,1 empleos por MW en operación a tiempo parcial (durante la vida útil de la planta). , 25 años). Estos empleos directos también tienen un efecto en cadena sobre los empleos indirectos en otras actividades del municipio.
“Para incrementar el empleo local, se recomienda que el promotor de la instalación haga una oferta pública en colaboración con el ayuntamiento. Asimismo, el promotor puede ofrecer formación previa a la construcción de la instalación para que haya personal local capacitado que pueda ser contratados en el momento de la obra», destacan en la asociación.
Todo lo anterior se puede aplicar a las instalaciones agrovoltaicas, es decir, plantas solares que se construyen en terrenos destinados a la ganadería y la agricultura. En el primer caso, es habitual en España llevar a cabo el control de la vegetación utilizando los terrenos bajo las losas como pasto por parte de los ganaderos locales. Así, defienden que se impulse un modelo de ganadería extensiva al mismo tiempo que se genera un ecosistema más diverso en los terrenos de la planta. En cuanto a la agricultura, se está avanzando en el sector fotovoltaico, universidades y centros de investigación en el desarrollo de la combinación de cultivos con tecnología fotovoltaica: qué cultivos son compatibles, qué medidas se deben utilizar para permitir ambas explotaciones, etc.
Hay que señalar también que las plantas suelen construirse en espacios de escaso valor ecológico, en muchos casos en terrenos en desuso donde anteriormente existía una agricultura intensiva. «La instalación de una planta fotovoltaica no puede considerarse como una pérdida irreparable del suelo. Es un espacio que, además de ser refugio para determinados animales y permitir la revegetación natural del suelo (así conviven dentro de una planta flora y fauna ), puede ser compatible con la ganadería y la apicultura. Si se destina a pasto, un espacio que antes era muy probable que fuera de secano pasa a ser apto para un modelo de ganadería extensiva.
¿Los paneles fotovoltaicos son reciclables?
Los paneles fotovoltaicos son «perfectamente reciclables», destaca UNEF. Un módulo fotovoltaico de silicio (95% del mercado) está compuesto por vidrio (78%), aluminio (10%), plásticos (7%), metales y semiconductores (5%), y con sólo recuperar el marco de aluminio y el El cristal del frontal es reciclado, más del 80% de su peso. Los métodos más habituales se basan en procesos mecánicos que no presentan complejidad técnica. En la planta de reciclaje de paneles fotovoltaicos que Veolia tiene en Rousset (Francia), operativa desde 2018, primero se retiran la caja de conexiones, los cables y el marco de aluminio. Posteriormente se tritura el resto del laminado y se separan por tamaños las piezas resultantes.
En cualquier caso, el reciclaje de placas fotovoltaicas es una obligación en España desde la aprobación del Real Decreto 110/2015, por el que se transpuso la Directiva 2012/19 sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). La Directiva RAEE se basa en el concepto de Responsabilidad Ampliada del Productor. El ‘productor’ es la persona física o jurídica que, independientemente de la forma de venta, fabrica y vende aparatos eléctricos y electrónicos, pone en el mercado productos fabricados por terceros bajo sus propias marcas, y realiza compras comunitarias o importaciones de terceros. fiestas. países.
Es decir, en el sector fotovoltaico este ‘productor’ puede ser tanto el fabricante del panel (o del resto de componentes de la planta), como su distribuidor, el EPC o la empresa instaladora si en el contrato de compra del equipo se establece que se ha incluido el transferencia de responsabilidad. Así, cuando llega el final de su vida útil o deja de funcionar, el panel (con el resto de equipos de la planta fotovoltaica) es retirado y trasladado a una instalación de tratamiento de residuos eléctricos y electrónicos, donde se recuperan sus materiales. Los paneles nunca acaban en vertederos sino en instalaciones de reciclaje de residuos.
Antonio Martos Villar, .lainformacion.com