Eólica en Canarias: proponen 18 proyectos de parques eólicos

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El Comité de Inversiones y Proyectos Estratégicos se reunió hoy en Gran Canaria y acordó proponer de interés estratégico para el Archipiélago 18 proyectos de parques eólicos, de los cuales 11 están situados en Gran Canaria, 5 en Fuerteventura y 2 en Tenerife.

El Comité de Inversiones y Proyectos Estratégicos se reunió hoy en Gran Canaria y acordó proponer de interés estratégico para el Archipiélago los siguientes proyectos de inversión:

“Parque Eólico Balcón de Balos”, en Agüimes.

“Parque Eólico de Vientos del Roque”, en Agüimes.

“Parque Eólico Tiscamanita”, en Agüimes.

“Parque Eólico Camino de la Madera”, en Santa Lucía.

“Parque Eólico de Los Nicolases”, en Sana Lucía.

“Parques Eólicos La Sal”, en Telde

“Parque Eólicos La Sal II”, en Telde.

“Parques Eólicos La Sal III”, en Telde.

“Parques Fuerteventura Renovable I”, en La Oliva.

“Parques Fuerteventura Renovable II”, en La Oliva.

“Parques Fuerteventura, Renovable III, en La Oliva.

“Parque Eólico El Tabaibal”, en Santa Lucía

“Parque Eólico Haría”, en Agüimes.

“Parque Eólico Ajui”, en Agüimes.

“Parque Eólico Finca San Juan”, en Arico.

“Parque Eólico Icor”, en Arico.

“Parque Eólico Rosa Catalina García”, en Tuineje.

“Parque Eólico Proyecto Alisio”, en Pájara.

En total, 18 proyectos de parques eólicos, de los cuales 11 están situados en Gran Canaria, 5 en Fuerteventura y 2 en Tenerife.

La Ley 3/2015, de 9 de febrero, sobre tramitación preferente de Inversiones Estratégicas para Canarias fue aprobada con el objetivo de agilizar la tramitación, en las administraciones públicas, de los expedientes relacionados con iniciativas y proyectos de inversión que sean declarados de interés estratégico por parte del Gobierno de Canarias.

En ese sentido, el texto legal establece que tienen la consideración de inversiones de interés estratégico las que sean declaradas como tales por parte del Gobierno de Canarias, en atención a su especial relevancia para el desarrollo social y económico de las Islas.

Así, por ejemplo, aspectos como el impacto sobre la economía insular o canaria, especialmente en el ámbito de la generación de empleo; la capacidad para movilizar inversión privada interna o externa, o la repercusión en sectores de especial interés para el Archipiélago, como el turismo, las energías, la industria, la innovación, el tratamiento y reciclado de residuos, la internacionalización, entre otros, son criterios sobre los que apoyar la declaración de una inversión como de interés estratégico para Canarias.

La Ley contempla que estos proyectos pasarán a ser tramitados en la mitad de tiempo en los procedimientos administrativos previstos en la normativa de cualquier administración publica canaria, salvo en los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, los procedimientos de concurrencia competitiva y los de naturaleza fiscal.

Además, se establece que en la tramitación, aprobación y ejecución del planeamiento urbanístico, cuando tenga por objeto exclusivo obras e instalaciones de inversiones declaradas de interés estratégico, los plazos también se reducirán a la mitad.

Asimismo, se reducirán a la mitad los plazos para el otorgamiento de cualquier licencia que resulte necesaria para la ejecución, apertura o funcionamiento de dichas obras e instalaciones, salvo en las que la normativa estatal lo impida. De igual manera ocurrirá con los plazos establecidos para los procedimientos medioambientales.