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Industria publica los parámetros retributivos a las energías renovables, eólica, termosolar y energía solar fotovoltaica.
Industria publica el hachazo a las energías renovables, eólica, termosolar y energía solar fotovoltaica.
La tecnología con un mayor número de estándares será la fotovoltaica, con un total de 580, seguida de la cogeneración (480), hidroeléctricas (150), biogás (70), biomasa (50), eólica (45), termosolar (20) y residuos (5).
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden de parámetros retributivos, de 1.761 páginas, de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable, cogeneración y residuos, que contempla 1.517 tipos distintos de instalaciones y una vida útil regulatoria de hasta 30 años, y supondrá un recorte de unos 1.700 millones de euros.
De la cifra récord de 1.761 páginas de las que consta la orden, 15 se corresponden al articulado, mientras que el anexo se compone de 1.746 páginas que describen los parámetros de la nueva retribución.
La orden ministerial establece un total de 1.517 instalaciones tipo para recoger la amplia casuística existente por cada tecnología, potencia, año de puesta en marcha, combustible empleado, sistema eléctrico y otras características técnicas.
Asimismo, fija la vida útil regulatoria para cada tecnología, que no podrá en ningún caso ser revisada una vez asignada a cada instalación.
La tecnología con mayor vida útil regulatoria será la fotovoltaica, con 30 años, seguida de la cogeneración, termosolar, hidroeléctrica, biomasa, biogás y residuos, con 25 años, mientras que para la eólica se establecen 20 años.
Respecto a la retribución específica, se aplica el valor de rentabilidad razonable para el primer periodo regulatorio en las obligaciones del Tesoro a 10 años de los 10 años anteriores a la entrada en vigor del real decreto-ley, más 300 puntos básicos, establecido en el Real Decreto Ley 9/2013 de medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.
Por el contrario, no perciben retribución específica adicional a la del mercado las instalaciones que hayan superado la vida útil regulatoria y aquellas que aun estando dentro de su vida útil regulatoria hayan alcanzado el nivel de rentabilidad razonable establecida.
1.700 MILLONES MENOS
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) estima que la aplicación de los nuevos parámetros retributivos puede suponer un descenso de unos 1.700 millones de la retribución específica percibida en 2014 por el conjunto de las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos.
En total, para este año prevé unos incentivos totales de 7.014 millones, de los que la tecnología solar fotovoltaica recibiría la mayor cantidad (2.445 millones), seguida de la cogeneración (1.513), la solar termosolar (1.252), eólica (1.194), biomasa (294), tratamientos de residuos (253), residuos (51) e hidráulica (12).
El conjunto de estas tecnologías se espera que perciban, desde este año hasta el final de su vida útil, unos 148.000 millones en concepto de retribución específica, adicionales a lo que perciban procedente del mercado.
Desde el año 1998 hasta el año 2013, los incentivos económicos a las instalaciones de producción de energía eléctrica mediante fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, ascendieron a más de 50.000 millones, incrementándose en más de un 800% desde 2005 hasta el año 2013, cuando las primas a dichas instalaciones alcanzaron aproximadamente los9.000 millones.
Estas primas han sido financiadas fundamentalmente por los consumidores de electricidad a través de la factura, indicó Industria en la orden de parámetros.
La orden de parámetros publicada este viernes completa la reforma de las energías renovables, cogeneración y residuos, después de que el Gobierno haya adoptado otras tres normas de mayor rango.
Estas son el real decreto ley 9/2013, por el que se adoptaban medidas urgentes para garantizar la establidad financiera del sistema eléctrico, la ley 24/2013, que fijó los criterios de revisión de parámetros retributivos y el establecimiento del régimen retributivo específico mediante procedimientos de concurrencia competitiva.
Asimismo, el real decreto 413/2014, publicado hace dos semanas, concretó la metodología para establecer el régimen retributivo.