Andalucía presenta en el TC el recurso contra tres normas que perjudican a las energías renovables

REVE

Protermosolar y la Asociación de Promotores y Productores de Energías Renovables de Andalucía saludan la presentación del recurso.

El consejero de Economía,  Innovación, Ciencia y Empleo, Antonio Ávila, ha presentado en Madrid  ante el Tribunal Constitucional (TC) el recurso contra tres normas  estatales que perjudican el desarrollo de las energías renovables y que  ya fue autorizado el pasado martes por el Consejo de Gobierno. Se trata  de la Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética;  el Real Decreto-Ley 2/2013 de medidas urgentes en el sistema eléctrico y  en el sector financiero, y el Real Decreto-Ley 29/2012 de mejora en el  sistema especial para empleados de hogar y otras medidas de carácter  económico y social (que incluye disposiciones relativas al sector  energético).

La Ley 15/2012 crea nuevas  figuras tributarias y grava con un tipo único del 7% los ingresos por  generación eléctrica. Ello afecta especialmente a las firmas del sector  de las renovables, que ahora suman esta penalización a la supresión de  los incentivos ya impuesta por el Gobierno central en enero del pasado  año.

El consejero ha  considerado que la creación del impuesto, que además podría repercutir  finalmente en el consumidor, no tiene en cuenta las peculiaridades de un  sector cuyos proyectos exigen un sobreesfuerzo inversor y tecnológico, y  sitúa su tasa de rentabilidad en valores que impedirán a los promotores  devolver la deuda financiera que asumieron en un marco retributivo muy  distinto al actual.

El consejero de Economía, Antonio Ávila, durante la presentación del recurso ante el Tribunal Constitucional.

Además, ha subrayado que  el nuevo tributo es contrario a los principios de planificación  energética estable fijados por la Unión Europea y vulnera los principios  de seguridad jurídica y confianza legítima. Por un lado, el cambio  normativo por vía de urgencia crea una situación de incertidumbre en el  régimen jurídico del sector, así como entre los operadores y los  ciudadanos. En cuanto a la confianza legítima, el afán recaudatorio de  la medida supone la quiebra de las inversiones que las empresas  realizaron al confiar en un marco regulatorio estable.

Por su parte, el Real  Decreto-Ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema  eléctrico y en el sector financiero, sustituye el Índice de Precios de  Consumo (IPC), con el que anualmente se actualizaba la retribución de  los productores de energía eléctrica, por el IPC de inflación  subyacente, que no contabiliza alimentos no elaborados ni productos  energéticos y que suele ser más bajo (1,58% frente a 2,25% el pasado  año).

Además, en sus tres  primeros artículos y en su disposición adicional única, esta norma  suprime la libertad de elección de las empresas relativa a la forma de  retribuir la energía generada. El Gobierno central ha impuesto como  única posibilidad la vía de la tarifa regulada, lo que igualmente supone  un cambio de las reglas establecidas que habían condicionado las  decisiones de inversión de los promotores.

Según el consejero, esta  decisión no responde a la «extraordinaria y urgente necesidad» que el  artículo 86 de la Constitución Española exige para utilizar la figura  del Real Decreto-Ley. Asimismo, tanto el cambio del sistema de  retribuciones desde el 1 de enero de 2013 como su aplicación retroactiva  a las instalaciones que han estado operando hasta la entrada en vigor  de la norma vulneran los principios de seguridad jurídica y de  irretroactividad de las disposiciones sancionadoras y restrictivas de  derecho.

Inseguridad jurídica

La tercera de las normas  que se recurren, el Real Decreto-Ley 29/2012, exige con efectos  retroactivos nuevos criterios a proyectos que se han sometido a una  tramitación distinta para ser autorizados e inscritos en el registro  administrativo de instalaciones de producción de régimen especial. Esta  medida, recogida en el artículo 8, también contraviene tanto los  principios de seguridad jurídica e irretroactividad como el principio  constitucional de extraordinaria y urgente necesidad. A juicio de Ávila,  el objetivo de paliar el déficit tarifario es una situación mantenida  en el tiempo, por lo que no concurre la condición de inmediatez exigida  para la utilización del Real Decreto-Ley.

El recurso se apoya tanto  en el diagnóstico del sistema energético andaluz como en la opinión de  los representantes del sector de las renovables, estratégico para el  desarrollo de la comunidad autónoma. En este sentido, la Junta recuerda  que la supresión de los incentivos el pasado año ya ha supuesto dejar en  el aire casi 12.000 millones de inversión en nuevas instalaciones que  podrían generar más de 38.000 empleos directos y supondrían 4.300 MW  adicionales de potencia.

El titular de Economía  remarca que las medidas impuestas en las nuevas normas estatales se  trasladarán a los mercados eléctrico y gasista, con un incremento de los  precios resultantes que inevitablemente repercutirá en la factura que  pagan los ciudadanos. Además, los Presupuestos Generales del Estado para  2013 no incluyen ninguna partida para renovables ni políticas de ahorro  y eficiencia, abandonando los planes que se desarrollaban en estas dos  ámbitos.

A juicio de Ávila, las  principales actividades perjudicadas serán las de la energía termosolar,  que concentra en la comunidad autónoma el 61% de la potencia total  instalada de España, y la biomasa, en la que también es líder. Las  renovables cuentan en Andalucía con 1.400 empresas, que dan empleo a  casi 45.000 personas.

Actualmente, el 38% de  toda la potencia eléctrica andaluza proviene de fuentes limpias como el  sol, el viento y la biomasa, que también suponen el 33,5% de la  electricidad que consumen los andaluces (6,6% en 2006). En relación con  el consumo de energía primaria, su aportación representa el 15,8%, 4,6  puntos por encima de la media española). Estos datos sitúan a la  comunidad autónoma a la cabeza de España en las energías solar térmica  de baja temperatura, termosolar y biomasa, así como en capacidad de  producción de biocarburantes. Andalucía también destaca en fotovoltaica  (segundo puesto) y eólica (cuarto).

http://www.juntadeandalucia.eshttp://www.protermosolar.com/