La Junta de Andalucía recurre los recortes en energías renovables

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La Junta de Andalucía presentará este lunes ante el Tribunal  Constitucional el recurso de inconstitucionalidad anunciado contra
tres normas del Gobierno central que considera un ataque al sector  de las energías renovables con especial incidencia en la comunidad autónoma, entre ellas la suspensión de incentivos económicos a nuevas  instalaciones que «deja en el aire» una inversión cercana a los 12.000 millones de euros y la creación de 40.000 empleos en  Andalucía.

Será el propio consejero de Economía, Innovación, Ciencia y  Empleo, Antonio Avila, el que acuda al TC para registrar el recurso  andaluz, que se dirigirá contra la Ley 15/2012 de medidas fiscales  para la sostenibilidad energética; el Real Decreto-Ley 2/2013 de  medidas urgentes en el sistema eléctrico y en el sector financiero, y  el Real Decreto-Ley 29/2012 de mejora en el sistema especial para  empleados de hogar y otras medidas de carácter económico y social  (que incluye disposiciones relativas al sector energético) por  considerar que vulnera los artículos 9.3 y 86 de la Constitución.

Para la Junta, La Ley 15/2012, que crea nuevas figuras tributarias  y grava con un tipo único del 7 por ciento los ingresos por  generación eléctrica, afecta especialmente a las firmas del sector de  las renovables, que ahora suman esta penalización a la supresión de  los incentivos ya impuesta por el Gobierno central en enero del  pasado año.

 

La Junta entiende que la creación del impuesto, que además podría  repercutir finalmente en el consumidor, no tiene en cuenta las  peculiaridades de un sector cuyos proyectos exigen un sobreesfuerzo  inversor y tecnológico, y sitúa su tasa de rentabilidad en valores  que impedirán a los promotores devolver la deuda financiera que  asumieron en un marco retributivo muy distinto al actual.

 

El Gobierno andaluz subraya que el nuevo tributo es contrario a  los principios de planificación energética estable fijados por la  Unión Europea y vulnera los principios de seguridad jurídica y  confianza legítima. A su juicio, el cambio normativo por vía de  urgencia crea una situación de incertidumbre en el régimen jurídico  del sector, así como entre los operadores y los ciudadanos, mientras  que, en cuanto a la confianza legítima, el afán recaudatorio de la  medida supone la quiebra de las inversiones que las empresas  realizaron al confiar en un marco regulatorio estable.

 

Respecto al Real Decreto-Ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas  urgentes en el sistema eléctrico y en el sector financiero, la Junta  expone que sustituye el IPC, con el que anualmente se actualizaba la  retribución de los productores de energía eléctrica, por el IPC de  inflación subyacente, que no contabiliza alimentos no elaborados ni  productos energéticos y que suele ser más bajo (1,58 por ciento  frente a 2,25 por ciento el pasado año).

 

Además, entiende que en sus tres primeros artículos y en su  disposición adicional única, esta norma suprime la libertad de  elección de las empresas relativa a la forma de retribuir la energía  generada.

 

«No hay extraordinaria ni urgente necesidad»

Según la Junta, esta decisión no responde a la «extraordinaria y  urgente necesidad» que el artículo 86 de la Constitución Española  exige para utilizar la figura del Real Decreto-Ley. Asimismo, señala  que tanto el cambio del sistema de retribuciones desde el 1 de enero  de 2013 como su aplicación retroactiva a las instalaciones que han  estado operando hasta la entrada en vigor de la norma vulneran los  principios de seguridad jurídica y de irretroactividad de las  disposiciones sancionadoras y restrictivas de derecho.

 

La tercera de las normas que se recurrirán, el Real Decreto-Ley  29/2012, según expone la Junta, exige con efectos retroactivos nuevos  criterios a proyectos que se han sometido a una tramitación distinta  para ser autorizados e inscritos en el registro administrativo de  instalaciones de producción de régimen especial. Esta medida,  recogida en el artículo 8, también contraviene tanto los principios  de seguridad jurídica e irretroactividad como el principio  constitucional de extraordinaria y urgente necesidad.

 

A juicio del Gobierno andaluz, el objetivo de paliar el déficit  tarifario es una situación mantenida en el tiempo, por lo que no  concurre la condición de inmediatez exigida para la utilización del  Real Decreto-Ley.

 

El Gobierno andaluz subraya que las medidas impuestas en las  nuevas normas estatales se trasladarán a los mercados eléctrico y  gasista, con un incremento de los precios resultantes que  inevitablemente repercutirá en la factura que pagan los ciudadanos.  Además, indica que las principales actividades perjudicadas serán las  de la energía termosolar, que concentra en Andalucía el 61 por ciento  de la potencia total instalada de España, y la biomasa, en la que  también es líder.

 

Este será el quinto recurso promovido en lo que va de legislatura  por el Ejecutivo andaluz ante el TC contra decisiones del Gobierno de  la Nación. La Junta ya ha llevado ante el alto tribunal el Real  Decreto-Ley de medidas urgentes en materia sanitaria, el Real  Decreto-Ley de medidas urgentes de racionalización del gasto público  en el ámbito educativo, la nueva regulación estatal de horarios y  rebajas comerciales y la Ley de Tasas Judiciales que entró en vigor  el pasado mes de diciembre.

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