Se recurre, con una total falta de rigor y claro afán oscurantista, a imputar la responsabilidad en el nivel alcanzado por la tarifa eléctrica a las tecnologías de generación con mayores costes. Se oculta una realidad incontrovertible: la existencia de una regulación retributiva que permite, a las tecnologías más baratas, márgenes superiores al cien por cien.
Nuestra realidad energética debe ser abordada con una reforma regulatoria que garantice la convergencia de precios, costes y tarifas, de tal modo que una situación como la actual no se vuelva a repetir. No se trata solo de una cuestión de equidad distributiva, sino también de eficiencia económica. El cambio de modelo productivo necesario y comprometido con la Unión Europea, hacia el mayor predominio de las energías renovables, no será posible si no se libera al consumidor del pago de rentas opacas injustificadas, generadas por posiciones de privilegio históricas e ineficientes o innecesarios mecanismos retributivos. En definitiva, se puede aumentar la producción de energías renovables sin incrementar la factura del consumidor.
Se necesita una reforma que permita la contención del crecimiento del déficit tarifario, con una evolución muy moderada de los precios al consumidor en términos constantes, su amortización en los plazos previstos en su actual regulación, la cobertura transparente de los costes del suministro y la expansión de las energías renovables por la senda marcada en el Plan de Energías Renovables para alcanzar los objetivos de la Unión Europea.
Con independencia de que se aborde la tarea de perfeccionar muchos de los mecanismos retributivos del sistema regulatorio actual, es necesario hacer un replanteamiento integral de sus fundamentos, incidiendo en la retribución de las centrales instaladas antes de la aprobación de la Ley del Sector Eléctrico de 1997, así como en los mecanismos de incorporación de la nueva capacidad de generación.
No se trata de ‘parchear’ la normativa vigente, como se ha venido haciendo hasta ahora, lo que ha venido añadiendo opacidad creciente al marco regulatorio, sino de replantearse de forma global la regulación del sector. Habrá que distinguir entre dos tipos de medidas: aquellas conducentes a paliar las deficiencias regulatorias heredadas y cuya expresión más evidente es el déficit tarifario acumulado y aquellas destinadas a configurar una nueva regulación robusta, capaz de permitir el aumento del peso de las energías renovables en el mix energético, tal y como exigen los compromisos adoptados en el seno de la Unión Europea. Ambos tipos de medidas están íntimamente ligadas: no se podrá aspirar al cambio en el modelo energético si no se ataja con inmediatez la contención y paulatina reducción del déficit tarifario.
Los compromisos de España dentro de la Unión Europea, la lucha contra el cambio climático, el deseo de los ciudadanos y los gobiernos por preservar el medioambiente y la biodiversidad, a través del desarrollo sostenible, así como razones de independencia energética y económica, han conducido a que el regulador español y la Unión Europea hayan definido un mix eléctrico en el que las energías renovables adquieren un peso creciente.
Este mix debería atenerse a un algoritmo en que las distintas tecnologías reciban una remuneración suficiente que permita su explotación comercial con un margen razonable. Teniendo en cuenta que cada tecnología tiene costes justificados muy dispares, su retribución no puede ser lineal o indiscriminada.
Esto implica que no se deben considerar como subvenciones típicas una gran parte de la retribución que reciben ciertas tecnologías por el mero hecho de presentar, dado su estado de madurez, unos mayores costes frente a sus alternativas convencionales. Sí tienen el carácter típico de subvenciones las remuneraciones excesivas que puedan percibir aquellas tecnologías cuyas inversiones resulten inesperadamente sobre-retribuidas por decisiones administrativas posteriores (‘windfall profits’ o beneficios inesperados). Esta es la cuestión esencial que hay que dilucidar a la hora de asignar responsabilidades en el déficit tarifario.
En este sentido hay que remarcar que el régimen especial está recibiendo la retribución fijada por el Gobierno (sobre la base de sus costes) en el momento en que los inversores adoptaron sus decisiones de inversión. En cambio, ciertas instalaciones del régimen ordinario (principalmente hidráulica y nuclear) han venido percibiendo, desde el año 2000, ‘windfall profits’, por encima de sus costes variables, que ascienden a la cifra de 31.060 millones de euros sin justificación económica alguna, generada por el cambio regulatorio que supuso la Ley del Sector Eléctrico de 1997. Por supuesto, sin la posibilidad de que tales beneficios hayan sido compartidos con los nuevos actores en el juego de la libre competencia.
Tenemos que reiterar que la comparación entre tecnologías no puede obviar el valor que aportan al sistema ni de las externalidades que generan. Las energías renovables contribuyen a la mayor independencia energética, a la innovación y al desarrollo, a la creación de empleo, a la mejora de nuestra balanza de pagos y a la contención de la contaminación medioambiental.
Además, en el largo plazo, el apoyo a las energías renovables permitirá la reducción de los costes de generación, porque el aprovechamiento de las curvas de aprendizaje evoluciona hacia una alta competitividad de las tecnologías renovables frente a sus alternativas convencionales. Y a esta situación no podría llegarse nunca si su curva de aprendizaje teórica no va acompañada, para que sea efectiva, por una senda pautada de implantación que arrastre, precisamente, el empleo, la innovación, el tejido industrial y empresarial.
La posición de liderazgo de España en energías renovables está permitiendo a las empresas españolas abordar proyectos en otros países, lo que, a su vez, se va a seguir traduciendo en la creación de puestos de trabajo domésticos. La internacionalización de estas empresas no sería posible sin el desarrollo de la tecnología que permita mantener y consolidar la posición de liderazgo.
Artículo publicado en El País. www.elpais.com