En el discurso oficial de autoridades y organismos competentes, es habitual oír argumentos a favor de las energías renovables no convencionales (ERNC). De hecho, en octubre del año pasado el Presidente Sebastián Piñera anunció un fondo concursable de 85 millones de dólares para impulsar alternativas de energía solar, geotérmica y eólica, entre otras.
Pero el camino de aprobación para este tipo de proyectos es tan complicado como podría ser el de una central a carbón. Un ejemplo ilustrativo es lo que está ocurriendo en la Cuarta Región, donde el proyecto eólico La Cebada, de la multinacional alemana Eolic Partners, fue rechazado en primera instancia. Mientras Barrancones, la central a carbón de Suez Energy en la misma región, fue aprobada por la Comisión Regional de Medioambiente (COREMA) y necesitó de la intervención presidencial para que fuese paralizada.
Todo comenzó en abril de este año, cuando Eolic Partners presentó la Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A) , que exige la Ley 19.300 sobre Bases Generales de Medioambiente. La empresa ya opera proyectos en la región. Los parques eólicos La Georgina y El Pacífico, al norte de este nuevo, en los terrenos de la comunidad agrícola La Cebada. A través de 21 aerogeneradores, el parque eólico ofrece generar una potencia de hasta 48 MW, que se sumarían en Los Vilos al Sistema Interconectado Central.
Mientras este recurso estaba en discusión, se especuló sobre todo tipo de razones por las que un proyecto como éste tuviera un obstáculo tan excepcional apenas comenzada su tramitación. Entre otras elucubraciones se apuntó a una aparente relación de Claudia Rivera, la directora de la Corema, con las generadoras a carbón que se proyectaban en la zona, a través de su marido que fue consultor del proyecto Cruz Grande, cerca de Barrancones y que también fue rechazado.
Y por otra parte, los comuneros que usan los terrenos recibirían una compensación económica por el uso del espacio donde estarán las turbinas eólicas, “el equivalente a una segunda jubilación”, según calculó Nemesio Cruz, dirigente de la comunidad agrícola, durante un intenso debate en la prensa regional.
En el papel, todo perfecto. Pero en la práctica, el proyecto eólico casi se fue al cubo de la basura. El 16 de mayo de este año, en una resolución que está dentro de sus facultades legales, pero que se usa de manera excepcional, la directora de la Corema y responsable del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) puso término anticipado al proyecto. Claudia Rivera, firmó una resolución de 8 considerandos en la que invocó el artículo 18 bis de la ley 19.300, que le permite interrumpir una iniciativa de este tipo cuando “ la información proporcionada en la Declaración de Impacto Ambiental carece de información relevante y esencial, que no permiten evaluar si el proyecto genera o no efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley ° 19.300” según consta en la resolución.
En pocas palabras, el proyecto eólico fue impugnado porque según la autoridad faltaban los antecedentes respecto al tratamiento de los residuos sanitarios que se desprenden de un proyecto de este tipo y también los planes de reforestación en la zona. Además se indica que la documentación fue presentada sin los formatos legales requeridos.
La ofensiva eólica
Eolic Partners alegó inmediatamente y dentro del plazo permitido por la ley presentó un Recurso de Reposición en los que básicamente acusan una decisión arbitraria. Primero, porque aunque el término anticipado es una decisión exclusiva de la directora, esta debe ser coherente con lo que dicen al respecto los organismos regionales competentes. Según la empresa ninguno de las 13 reparticiones que revisaron la D.I.A dijo que faltaba información esencial. Lo que hicieron fue pedir aclaraciones, proceso que es habitual en este tipo de proyectos.
Es decir, ni Salud ni la CONAF desahuciaron el proyecto eólico por falta de información relevante. De hecho en la D.I.A. disponible en Internet consta un apartado sobre el tratamiento de deshechos y la reforestación. Lo que no fue considerado por la directora al momento de firmar la resolución. Respecto de CONAF, el organismo a cargo de cuidar la flora y fauna, sólo pide que la empresa se comprometa a no iniciar las obras antes de implementar planes de manejo. En ningún caso, consigna que al proyecto le falte información relevante en materias de su competencia.
Otra oportunidad
La representante legal de la Eolic Partners en Chile, Julieta Dawbarn, se defendió pidiendo sólo que les dejaran continuar con el proceso habitual que siguen este tipo de iniciativas “Lo que nosotros estamos pidiendo es tener la posibilidad de presentar esa ADENDA con todas las aclaraciones y ampliaciones que requiera el sistema, lo que no queremos es que se nos devuelva el proyecto y tener que volver a ingresarlo”, dijo al semanario Tiempo, de circulación regional.
En efecto, la empresa alegó que toda la información que consigna la resolución que puso término anticipado al proyecto (Salud y Conaf) se ven durante el proceso posterior de evaluación. Proceso de Aclaraciones y Rectificaciones, abreviado como ADENDA, pero nunca son válidas para anular un proyecto. Un ejemplo es Hidroaysén, que presentó el proyecto en agosto de 2007 y en noviembre la Corema le devolvió recién el primer informe con aclaraciones. Proceso que continuó hasta mayo de 2010, cuando el proyecto fue aprobado.
El Parque Eólico La Cebada, contó con un amplio apoyo a nivel regional, desde la municipalidad de Ovalle hasta el Consejo de Desarrollo Regional, CORE, que recomendó su instalación por tratarse de energía limpia. Pero lo más efectivo fue el recurso de reposición presentado con la asesoría del estudio Phillipi Yrarrázabal Pulido & Brunner.
Mientras este recurso estaba en discusión, se especuló sobre todo tipo de razones por las que un proyecto como éste tuviera un obstáculo tan excepcional apenas comenzada su tramitación. Entre otras elucubraciones se apuntó a una aparente relación de Claudia Rivera, la directora de la Corema, con las generadoras a carbón que se proyectaban en la zona, a través de su marido que fue consultor del proyecto Cruz Grande, cerca de Barrancones y que también fue rechazado.
Pero en la tarde de ayer, se conoció que el SEIA, acogió el recurso de reposición por lo cual se reanuda el proceso de evaluación, con lo que vuelve todo prácticamente a fojas cero.
Los vehículos eléctricos con baterías de litio no emiten CO2 ni dañan el medio ambiente, siempre que la electricidad provenga de energías renovables, como la eólica, la energía solar fotovoltaica y la termosolar. Los aerogeneradores podrán suministrar la electricidad al vehículo eléctrico, que en un futuro servirán también para almacenar y regular la electricidad intermitente del sector eólico.