Subvenciones a la compra de vehículos eléctricos

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha anunciado la concesión directa de subvenciones a la compra de vehículos eléctricos a lo largo de 2011. El presupuesto total destinado a las subvenciones, de las que también podrán beneficiarse Ayuntamientos y otras Administraciones Públicas, asciende a 72 millones de euros, y se enmarca en el Plan Integral de Impulso al vehículo eléctrico en España.

Las subvenciones se destinarán a financiar la adquisición de vehículos eléctricos nuevos, “entendiendo como tales aquéllos cuya energía de propulsión procede total o parcialmente, de la electricidad de sus baterías, cargadas a través de la red eléctrica”, según señala textualmente el Real Decreto que regula la subvención y que parece publicado en el Boletín Oficial del Estado del 10 de mayo.

La finalidad de estas ayudas, cuyo plazo de solicitud finalizará el próximo 30 de noviembre –salvo agotamiento antes de esa fecha de los fondos previstos- es facilitar y fomentar el desarrollo de la movilidad eléctrica por lo que ésta supone para una mayor sostenibilidad ambiental del sector del transporte, la mejora de la eficiencia energética y la reducción de la contaminación.

Ayuntamientos y demás Administraciones del Estado, así como sociedades o entidades que tengan consideración de carácter público estatal, autonómico y local, podrán ser beneficiarias de la subvención. Podrán serlo igualmente, las personas físicas y las entidades privadas con personalidad jurídica propia.

Las subvenciones son válidas para turismos, furgonetas y furgones, autobuses y autocares de diferentes categorías, cuadriciclos y motocicletas. En cuanto a la cuantía de las mismas, las subvenciones para turismos, motocicletas, furgonetas y cuadriciclos, será del 25% se su importe hasta máximos que van desde 2.000 a 6.000 euros, en función de la autonomía exclusivamente eléctrica de los vehículos.

Para los microbuses y furgones, la subvención será también del 25% hasta un máximo de 15.000 euros y siempre que la autonomía sea de 60 kilómetros; también será del 25% para autobuses y autocares, hasta un máximo de 30.000 euros con una autonomía de 60 kilómetros.

Además, cuando el mismo beneficiario adquiera más de un vehículo de la misma categoría (como en el caso de la renovación o ampliación de flotas), la cuantía de las subvenciones se incrementará en un 15% para la adquisición de 2 a 5 vehículos, en un 20% para 6 a 10 vehículos y en un 25% para más de 11 vehículos.

Los vehículos eléctricos con baterías de litio no emiten CO2 ni dañan el medio ambiente, siempre que la electricidad provenga de energías renovables, como la eólica, la energía solar fotovoltaica y la termosolar. Los aerogeneradores podrán suministrar la electricidad al vehículo eléctrico, que en un futuro servirán también para almacenar y regular la electricidad intermitente del sector eólico.

Para consultar el Real Decreto 648/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos durante 2011, en el marco del Plan de acción 2010-2012 del Plan integral de impulso al vehículo eléctrico en España 2010-2014, visite el siguiente enlace:

www.boe.es/boe/dias/2011/05/10/pdfs/BOE-A-2011-8125.pdf