Chevron, condenada por contaminar la Amazonia

Dicho tribunal ha condenado a la petrolera estadounidense Chevron a una sanción de 8.000 millones de dólares (6.100 millones de euros) como compensación por contaminar la Amazonia. Es la culminación de un proceso judicial que ha durado casi veinte años y en el que las comunidades indígenas agrupadas en el Frente de Defensa de la Amazonia reclamaban que la empresa hiciese frente a sus responsabilidades por los vertidos masivos de residuos tóxicos en los años setenta y ochenta.

Más de 30.000 ecuatorianos han respaldado esta demanda ya que consideran que la empresa fue negligente cuando explotaba campos de petróleo en la Amazonia Ecuatoriana, causando graves daños al medio ambiente y a la propia población. A este proceso se le denomina en Ecuador el “juicio del siglo” y sienta un importante precedente, una razón por la cual está siendo seguido muy de cerca por el resto de la industria petrolera (y otras).

La empresa responsable de los vertidos fue Texaco, comprada por Chevron hace diez años, y es ésta la que ahora afronta la responsabilidad. La sentencia reconoce la contaminación “intencional e ilegal” de la selva de Ecuador por parte de Chevron y considera probado que liberó “miles de millones de galones de residuos tóxicos en la selva y el suministro de agua”. Además, y como la empresa no tiene actualmente activos que pudieran ser incautados en Ecuador, se abre la puerta a iniciar procesos en terceros países para poder cobrar esa indemnización.

Por supuesto, la petrolera niega la validez de la sentencia, a la que califica de ilegítima, acusando al tribunal de no ser imparcial. También afirma que la sentencia es inaplicable porque es contraria a un reciente dictamen de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya (al que la empresa recurrió para salvaguardar sus intereses acusando a Ecuador de violar el tratado bilateral de inversiones).

En realidad, lo que teme Chevron y otras empresas como ella vinculadas a la destrucción del medio ambiente y a violaciones de los derechos humanos, es que vayan estableciéndose precedentes que establezcan que deben evitar esos daños y, si los causan, compensarlos. Es decir, que se creen y apliquen unas normas de derecho que les obliguen a asumir sus responsabilidades, en lugar de un marco jurídico como el actual, que favorece a las compañías multinacionales frente a terceros países y sus poblaciones. Eso es precisamente lo que debe ocurrir, y por eso esta sentencia es una gran noticia.

Los vehículos eléctricos con baterías de litio no emiten CO2 ni dañan el medio ambiente, siempre que la electricidad provenga de energías renovables, como la eólica, la energía solar fotovoltaica y la termosolar. Los aerogeneradores podrán suministrar la electricidad al vehículo eléctrico, que en un futuro servirán también para almacenar y regular la electricidad intermitente del sector eólico.

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