Los datos son sobre todo muy claros en el caso de la eólica, aunque el alto coste de las primas de la energía solar fotovoltaica ha desatado un debate, agravado con la crisis.
Las primas son transparentes y conocidas, lo que no ocurre con los costes de otras fuentes de energía, como el CO2, las luvias ácidas y los residuos radiactivos. Las principales empresas españolas de energías renovables velan armas para combatir el posible recorte de las primas que el Gobierno prepara para este verano, con diferencias e intereses legítimos.
Las primas se duplicaron en el año 2009, al pasar de los 3.371 millones de euros del 2008 a los más de 6.214 en 2009.
Hoy mismo, el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, ha cargado en Valencia contra las subvenciones a la generación de energía termosolar y fotovoltaica.
Sánchez Galán ha defendido que la generación de energía eólica "sí está madura". La producción de energía solar cuesta entre 300 y 400 euros por megavatio hora con las primas mientras que la factura por la producción eólica es de 70 euros por megavatio hora.
Las energías renovables recibieron en los cinco primeros meses del año primas por valor de 2.259,8 millones de euros, según las liquidaciones del régimen especial que mensualmente ha ido elaborando la Comisión Nacional de la Energía (CNE).
La liquidación provisional a cuenta del mes de mayo de las primas para las instalaciones de producción eléctrica en régimen especial (y otras de régimen ordinario que perciben primas), ascendió a 596,456 millones de euros. El mes anterior, estas primas fueron de 660 millones de euros.
De esta cantidad, 568,086 millones de euros corresponden a la energía generada en el mes abril de 2010 y 28,37 millones a la reliquidación complementaria de meses anteriores, según consta en el "Informe sobre los resultados de la liquidación de las primas equivalentes, primas, incentivos y complementos a las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial", realizado por la Comisión Nacional de la Energía.
Este documento tiene por objeto realizar la propuesta de aprobación al Consejo de Administración de la CNE de la liquidación provisional a cuenta de estas subvenciones públicas, correspondiente al mes de mayo de 2010. Esta liquidación está asociada fundamentalmente a la energía generada durante el mes de abril de 2010.
Según este informe, la energía solar fotovoltaica fue la que percibió mayor cantidad de primas, 247,2 millones de euros, cubriendo un 2,7% de la demanda eléctrica.
Por su parte, la eólica recibió 134,2 millones y cubrió el 11,6% de la demanda. La cogeneración recibió 121,2 millones de euros y cubrió el 9,1% de la demanda eléctrica.
Además, la hidráulica obtuvo 31,3 millones, dando soporte al 3% del consumo; el tratamiento de residuos recibió 29,2 millones y cubrió el 1,6% de la demanda; la biomasa percibió 19,2 millones, cubriendo el 1,1% de la demanda; los residuos, con 7,8 millones de primas, soportó el 1,2% de la demanda; y la energía termosolar o solar termoeléctrica recibió 6,1 millones, para cubrir el 0,1% del consumo eléctrico.
Los titulares de las instalaciones, o sus representantes, pueden optar por vender su energía a tarifa o en el mercado. En ambos casos, la energía producida es vendida y liquidada primero en el mercado (en el caso de tarifa, mediante ofertas a precio cero), para que posteriormente sea liquidada en el operador del sistema por los servicios de ajuste que proporcione (y por desvíos que ocasione). Finalmente, las primas y los complementos son liquidados en la CNE.
El 30 de noviembre de 2009 se realizó la carga de información del nuevo sistema Sicilia, en los plazos y en la forma en que estaba previsto en la Disposición Transitoria segunda de la referida Circular 4/2009. Para ello, los grandes distribuidores proporcionaron a la CNE la información estructural de todas las instalaciones de régimen especial existentes a 31 de octubre de 2009, REE suministró la base de datos de representantes asociados a cada instalación y los representantes proporcionaron la información de carga inicial con el tipo de representación y la cuenta bancaria del Sujeto de Liquidación.